#ObservatorioCDA
D15 - Orellana, Matías
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@MatiasOrellanaC
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Matías Orellana

Abogado de la Universidad Mayor. Destaca ser nacido y criado en la región de O’Higgins.
DISTRITO:
15
PARTIDO:
Lista del Apruebo, Partido Socialista
Temáticas
Agua / Cambio Climático / Deber de cuidado o protección ambiental / Derecho a un medioambiente sano o libre de contaminación / Derechos de acceso a justicia ambiental / Modelo de desarrollo / Principios ambientales / Recursos naturales / Zonas de sacrificio
Propuestas

Manifiesto Constituyente del Socialismo Chileno
(...) Aspiramos a constituir un Estado social y democrático de derecho, que se complementa por un amplio sistema de protección social que garantice el reconocimiento constitucional de derechos económicos, sociales y culturales, de una provisión universal de bienes y servicios que posibiliten el igual ejercicio de todos los derechos, desde condiciones espirituales y materiales mínimas y las acciones que permitan cautelar su protección, asegurando en el marco del desarrollo sostenible, la inclusión social y el reconocimiento a la diversidad cultural, como el respeto a la naturaleza y al medioambiente.
(...) El socialismo chileno, anclado en su histórico derrotero democrático, libertario y humanista, busca contribuir a una mayor justicia social, a la ampliación de las libertades, garantizando el bienestar de las personas, en especial de todas y todos quienes han sido excluidas o discriminadas por razones sociales, políticas, culturales o económicas. Reconocemos en el movimiento social, que agrupó a organizaciones feministas, medioambientales, por la diversidad sexual y organizaciones sindicales y sociales, el motor que catalizó y posibilitó el proceso constituyente en curso.

2. Promoveremos que la nueva Constitución establezca la mejor síntesis del constitucionalismo del socialismo chileno, cuya fórmula básica será la consagración de un Estado social de derecho en una República Democrática, Participativa y Paritaria
a) Hacia un Estado Social que ponga fin al Estado subsidiario propio del modelo neoliberal impuesto por la dictadura
La Constitución del 80’ consagra un Estado subsidiario que privilegia los intereses de unos pocos en desmedro de las mayorías. Además, este Estado subsidiario ha permitido una estructuración de derechos sociales enfocados en su dimensión de libertad empresarial para su provisión o aseguramiento, mediante la privatización y mercantilización de los servicios y bienes públicos, y permite que se privaticen los recursos naturales apostando por un Estado pasivo e impotente para disciplinar los poderes privados. Para revertir y superar la injusticia que genera este constitucionalismo conservador y neoliberal, apostamos por un Estado social y democrático de derecho.
El Estado social busca remover los obstáculos materiales y culturales que impiden a las personas desarrollar sus proyectos de vida y participar de forma efectiva en la organización política, económica y social del país. Se trata de hacer una realidad efectiva con la igual dignidad de cada ser humano. El Estado no puede dejar en el desamparo a quienes se encuentran excluidos por motivos sociales, culturales, económicos, raciales y de género, ni permitir que sean marginados del desarrollo. Por ello, debe disponer de diversos mecanismos que sean capaces de eliminar toda forma de discriminación e implementar medidas que permitan corregir y compensar la desigualdad material.
De este modo, se impone al Estado un conjunto de cometidos o fines en relación con las personas, el medio ambiente, la sociedad y la economía, que incorpora deberes para adoptar todas las medidas que tiendan a la satisfacción de los derechos sociales, económicos y culturales necesarios para el libre desenvolvimiento de la personalidad, acorde con la dignidad humana.
d) Chile, un Estado plurinacional
La libre determinación debe reflejarse en el respeto y recuperación de la propiedad tradicional de las tierras ancestrales indígenas, en el reconocimiento del rol de los pueblos indígenas como garantes de la biodiversidad y de los equilibrios de la naturaleza, y en los deberes del Estado con la protección del patrimonio cultural indígena.
f) Protección de la naturaleza, para un desarrollo sostenible
La nueva Constitución debe establecer mandatos objetivos para la protección especial de la naturaleza, garantizar el derecho a un medio ambiente sano, consagrar los principios preventivos y precautorios, debido a la crisis climática y ecológica que el mundo y el país vive. El acceso a la información ambiental, a la participación con grados de vinculación, reparación y remediación del daño ambiental y el término de las zonas de sacrificio y el acceso a la justicia ambiental cuyo contenido deberán ser desarrollados por las leyes y las políticas públicas. Al mismo tiempo, se debe establecer un principio de intergeneracionalidad que vele por el derecho de las futuras generaciones a acceder a un medio ambiente sano. A su vez, el Estado deberá velar por un desarrollo sostenible en donde las actividades productivas sean acordes con dicho desarrollo.
La nueva Constitución debe consagrar el derecho humano al agua y de los ecosistemas, esto a través de establecer el agua como bien nacional de uso público y la definición del agua en algunos cauces como bien común y la priorización de sus usos, siendo el principal el consumo humano. Debe, además, ponerse fin a la propiedad del derecho de aprovechamiento de las aguas en rango constitucional.
Se requiere establecer en la Constitución el derecho a la energía y la descentralización de ésta. Un estado plurinacional que en materia ambiental integre la protección de la biodiversidad con las distintas visiones y saberes.
La nueva Constitución debe establecer mandatos objetivos para la protección especial de la naturaleza, garantizar el derecho a un medio ambiente sano y adecuado, y consagrar principios como los de precaución y prevención, acceso a la información ambiental, participación pública, reparación del daño ambiental, la utilización racional de los recursos y de acceso a la justicia ambiental cuyo contenido deberán ser desarrollados por las leyes y las políticas públicas. Al mismo tiempo, se debe establecer un principio de responsabilidad y de solidaridad entre las generaciones actuales y las venideras y el deber del Estado de velar por el uso sustentable de los recursos naturales .

3. Derechos, deberes y garantías
b) Consagrar derechos sociales y mecanismos para garantizar su plena efectividad y progresividad
La nueva Constitución deberá resguardar el derecho a la salud, el derecho a la educación y el deber estatal de proveer instrucción pública gratuita y de calidad en todos los niveles y modalidades, el derecho al trabajo digno, el derecho a una renta básica o un mínimo vital, el derecho a la vivienda digna y adecuada, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés de la comunidad y no por la especulación inmobiliaria, el derecho a la seguridad social y a prestaciones sociales suficientes y adecuadas para enfrentar situaciones de necesidad como un accidente, invalidez, vejez o el desempleo, el derecho a la huelga efectiva, el derecho a la negociación colectiva por empresa y sector económico, el derecho a la sindicación de todos los trabajadores (incluidos los funcionarios públicos de la Administración civil y policial), la titularidad sindical, el derecho a un medio ambiente adecuado y sano, el derecho al agua y el derecho a la cultura.
f) Deberes fundamentales
La nueva Constitución establecerá deberes para con la comunidad, tales como la lealtad con la Constitución y ley, la contribución a la hacienda pública mediante impuestos y otras exacciones, comportarse fraternalmente, socorrer a los carenciados y vulnerados, asumir de forma corresponsable el cuidado de familiares no valentes, ejercer derechos sin abuso de éstos, el deber de sufragar en votaciones populares, entre otros. Asimismo, se consagrarán deberes con las próximas generaciones a fin de garantizar una adecuada convivencia en sociedad, y una relación sostenible con la naturaleza, lo cual se vincula con el principio de solidaridad entre las generaciones presentes y las generaciones futuras.

4. Democratización del poder
a) Democratizar el poder económico
A su vez, se debe establecer la figura de impuestos de carácter regional, que entreguen autonomía financiera a los gobiernos regionales, especialmente por actividades productivas que generen un menoscabo al patrimonio medioambiental en cada territorio, sin que éstos impuestos puedan afectar el principio de solidaridad interregional, que se expresa, entre otros mecanismos, en herramientas de compensación financiera que aseguren el desarrollo equitativo de todas las y los habitantes de la República

c) Defensoría del pueblo
Se tratará de un órgano autónomo de rango constitucional y de dirección colegiada, encargado de la defensa y promoción de los derechos fundamentales de las y los ciudadanos frente al poder estatal. Dicho organismo asumirá la representación de las personas ante los órganos administrativos y servicios públicos concesionados que establezca la ley, pudiendo controlarlos y acudir ante tribunales para la defensa de los derechos de las personas.

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