Reconocimientos de los Principios rectores del Pueblo Aymara: La nueva constitución debe contener principios rectores propios de la cosmovisión aymara como es el suma qamaña que significa el buen vivir, el ama qhilla, ama llulla, ama suwa que significa no ser flojo, mentiroso, ni ladrón.
Derecho al Territorio: Es un derecho amplio que implica la tierra, a los recursos naturales, a la flora, a la fauna, el agua, etc, como un solo todo y no degradados como actualmente lo regula el sistema jurídico chileno, implicando su separación. La propiedad se regula en el código civil mientras que el agua se encuentra regulado en el código de aguas,y en muchos casos, los comuneros detentan los títulos de propiedad más no los derechos de aprovechamiento de agua, generando un estado de inseguridad jurídica.
Derecho a la Consulta Indígena vinculante: El derecho de consulta indígena, regulada en el Convenio 169 dela OIT. debe ser reconocida expresamente en la nueva constitución como un derecho vinculante y el que debe ser aplicado bajo los estándares internacionales como la buena fe, de forma previa, a través de procedimientos apropiados, adecuados y, realizado por instituciones representativas de la comunidad. El actual sistema jurídico, implica que la consulta indígena no sea vinculante, es decir, las decisiones o propuestas de las comunidades indígenas no obligan al Estado Chileno.
Derecho de los pueblos originarios a determinar su condición social, política y económica de acuerdo a la cosmovisión aymara: (...) Además de promover el desarrollo económico y sustentable en los territorios, aumentando la productividad en la agricultura, artesanía y ganadería.
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