El resguardo de un medioambiente sano y el buen vivir en armonía con la naturaleza, será un principio transversal en la Constitución. Se establecerán constitucionalmente los principios precautorio, de justicia ambiental e intergeneracional, de no regresión en materia ambiental y de restauración de la naturaleza, incluido el derecho de las comunidades regionales a decidir el uso de la capacidad de carga de los ecosistemas en aquellos proyectos que mejor atiendan el interés general.
La nueva Constitución garantizará el derecho de todas las personas a vivir en un medioambiente sano y ecológicamente equilibrado. El Estado tendrá el deber de conservar, restaurar y proteger los distintos ecosistemas.
La nueva Constitución velará especialmente por la naturaleza y su conservación, restauración y respeto de sus límites a la hora de llevar adelante los procesos productivos. El resguardo de estos derechos debe establecerse de manera más precisa como uno de los límites al derecho de propiedad.
El Estado fomentará la transición, con justicia ambiental, hacia la descarbonización de la economía, la sustentabilidad de los recursos naturales, la eficiencia energética y una distribución igualitaria en todos sus
niveles.
Los animales deben ser reconocidos como seres sintientes, estableciéndose medianteley la extensión de dicha característica y sus mecanismos de protección.
Se deberá establecer el derecho de participación y acceso a la información y educación en materia medioambiental, propendiendo a una toma de decisiones informada, participativa e inclusiva; que mejore la rendición de cuentas, transparencia y gobernanza en esta materia.
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